Abogados italianos deberán contar con una póliza de seguro

La norma, que aún requiere pasar por un período de consultas, exige cobertura desde riesgos laborales hasta cualquier tipo de daños permanentes o temporales; no sólo perjuicios a los clientes, sino incluso a la contraparte y a su defensor. La suma asegurada mínima es de 100.000 euros.

Desde el 1 de junio el seguro de responsabilidad profesional es obligatorio para todos los abogados en Italia. Desde hace casi cuatro años se aprobó esta reforma legal que impone adquirir una póliza de seguros; sin embargo, no se había hecho oficial ya que no contaba con el decreto que la hiciera aplicable. Pero ahora todo parece estar listo: el Ministerio de Justicia anunció su aprobación, según publicó el sitio italiano La Legge per tutti.

No obstante, el proceso todavía requiere algunas medidas que podrían implicar una suspensión más. De hecho, la norma requiere un largo proceso de consulta y asesoramiento (por parte del Consejo de Estado y el Parlamento). Por otra parte, su entrada en vigor es un año después de su publicación en el Diario Oficial.

En resumen, lo más probable es que los abogados todavía tengan un año y medio para tener que llevar las manos a sus bolsillos y contratar la póliza de responsabilidad profesional. En cualquier caso, el primer paso ya se ha dado.

¿Qué significa la obligación de adquirir este seguro profesional?

El decreto obliga al abogado a asegurarse de todos los riesgos laborales; en la práctica, la póliza cubrirá responsabilidad por cualquier daño: activo, inmaterial, indirecto, permanente, temporal, futuro. La cobertura también debe abordar no sólo los daños causados a sus clientes, sino incluso a la contraparte y a su defensor, como asimismo a toda persona vinculada a su mandato profesional.

El seguro debe extenderse también a los daños (por conducta culpable o dolosa) por parte de los colaboradores del estudio, profesionales y empleados.

La póliza también debe cubrir los accidentes ocurridos en el lugar de trabajo y los ocurridos durante el transcurso de la actividad profesional, que causan la muerte, incapacidad permanente o temporal, además de los gastos médicos.

Las sumas aseguradas mínimas son: 100.000 € en caso de muerte y 100.000 € en caso de lesiones permanentes.

 

FUENTE: http://idealislexreports.cl/internacional/poliza-de-seguro-responsabilidad-profesional/

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