Boletín de Noticias N°2

Australis presenta querella contra Isidoro Quiroga y ahora prepara demandas de indemnización de perjuicios

Australis Seafood, propiedad de la gigante china Joyvio, interpuso ante el 4° Juzgado de Garantía de Santiago una querella por el presunto delito de administración desleal contra Isidoro Quiroga, sus hijos Benjamín e Isidoro Quiroga Cortés, Martín Guiloff y Santiago Garretón por el delito reiterado de administración desleal. Los asiáticos, que compraron la salmonera en US$921 millones en 2019, acusan a Quiroga y su círculo estrecho de haber ocultado información relevante para la transacción.

En la querella, Australis acusó a Isidoro Isidoro de concertarse con sus hijos y ejecutivos para vender el control la empresa a cambio de un precio sustentando en una fuerte sobreproducción de sus centros de cultivo, infringiendo la normativa ambiental. En la acción penal se detalla que uno de sus centros de cultivo (Bahía Buckle) llegó a tener una diferencia de 107,2% entre su producción y el límite establecido por su Resolución de Calificación Ambiental (RCA) en el ciclo del 19 de abril de 2018 al 7 de marzo de 2020. Además, en su querella, Australis exhibió correos que demostrarían un plan para ocultar los niveles de sobreproducción a los directivos chinos.

En la guerra con Joyvio, Isidoro Quiroga se anticipó e interpuso querellas contra la plana directiva de la china y el gerente general de Australis, Andrés Lyon, por el presunto delito de injurias graves. Luego lo hizo el exgerente Santiago Garretón, quien interpuso una querella por los presuntos delitos de «injurias graves» por escrito y con publicidad contra Lyon y el presidente de Joyvio, Shaopeng Chen. Y, este viernes se sumó con otra querella, uno de los ejecutivos de Quiroga, Martín Guiloff.

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La Polar admite venta de Prendas falsificadas y anuncia Querella contra responsables

Luego que en noviembre comenzaran una serie de acusaciones y querellas en contra de La Polar por venta de productos falsificados, la multitienda se había defendido tajantemente. Sin embargo, el viernes comunicó a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) que, después de una profunda investigación, tanto en Chile como Pakistán, detectó que «en algunos casos puntuales» habría sido víctima de un fraude por parte de los proveedores de las prendas, ya que la documentación de trazabilidad proporcionada por ellos respecto de dichos productos era falsa, en alguna de sus etapas, impidiendo a la sociedad acreditar la originalidad de la documentación respecto de ciertos productos Under Armour, Adidas y Wrangler. La empresa aseguró que actuó «con absoluta buena fe en todo el proceso de compra”.

Al mismo tiempo, comunicó que habría llegado a un acuerdo con Under Armour, Forus y Adidas, para poner fin a las acciones civiles y penales entre las partes, alcanzando finiquitos amplios y que incluyen renuncias de acciones indemnizatorias por vulneración de propiedad industrial e intelectual.

En cuanto a las acusaciones y querellas de Aduanas respecto a productos Levi’s, Kipling y Kendall + Kylie, La Polar recalcó que durante la investigación habría confirmado la originalidad de dichos productos, luego de contactarse directamente con aquellas compañías y sus representantes. Por esto, La Polar anunció acciones legales contra dos de sus proveedores: Global Brands y KIKI Imports. Esta última, de propiedad de Andrés Hites Moscovich y su hijo, Nicolás Hites Neef, miembros de la familia dueña de Empresas Hites, competidora directa de La Polar.

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Enjoy y Dreams ponen fin al acuerdo de fusión tras investigación por colusión

Desde comienzos de 2022 Dreams y Enjoy anunciaron con gran emoción su inminente fusión, siendo esto de especial atención considerando que ambos son de los actores más grandes en la industria de casinos de juego en Chile. A pesar de lo anterior, la Fiscalía Nacional Económica se opuso en varias ocasiones a la fusión, aun cuando las entidades, propusieron hasta en 5 ocasiones medidas de mitigación para evitar posibles efectos anticompetitivos en el mercado.

La aprobación de la integración empresarial con el pasar de los meses estaba resultando cada vez más compleja y la información que fue revelada a los medios de comunicación sobre una posible colusión en la industria terminó de sepultar la posibilidad de fusión.

Bajo el contexto de un juicio laboral, un ex CEO de Marina del Sol, entregó documentación confidencial en la que se demostraba que dicha empresa se había acogido a la posibilidad de delación compensaba, que le permitiría eximir o reducir sus sanciones a aquellos que tiene participación en un cartel, si es que se comprueba su existencia.

La investigación sobre la posibilidad de una coordinación entre Enjoy, Dreams y Marina del Sol está a cargo de la División de Fiscalización y Cumplimiento, teniendo más de un año de trabajo, mientras que la revisión de la posibilidad de la fusión entre Enjoy y Dreams se encontraba a cargo de la División de Fusiones. Dicho lo anterior, influyó notablemente en que se pusiera fin al acuerdo de fusión, dado que la autoridad antimonopolios difícilmente aprobaría la integración con la investigación de colusión en curso.

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Las salidas de fondos de Credit Suisse alcanzan los 5.100 millones de euros tras la fusión con UBS

La pérdida de confianza en el sistema bancario mundial, que diera inicio con la caída del Silicon Valley Bank en las primeras semanas de Marzo, sigue azotando a dicha industria. Tras la reciente fusión entre los gigantes suizos UBS y Credit Suisse -por la crisis de liquidez que vivió este último- se ha registrado un incremento en los retiros de saldos por parte de los clientes en las últimas tres semanas, en
circunstancias de que, con el acuerdo ya mencionado, se esperaba el efecto contrario.

Se debe tener presente que, según expertos, un porcentaje de dichos retiros podría deberse a clientes que mantienen productos similares con UBS, y que buscan reducir su riesgo de concentración colocando fondos en otras empresas financieras -finalmente, la cifra de 5.100 millones de euros en retiros sólo indica el movimiento de fondos diario del banco, y “no la totalidad de activos que existen”. En cualquier caso, la noticia no deja de mantener en estado de alerta a los mercados financieros, dada la importancia sistémica de Credit Suisse y UBS.

Recordemos que el 19 de marzo se aprobó un acuerdo de emergencia, por el cual UBS acordó comprar Credit Suisse por la cifra de 3.230 millones de dólares. Dicha adquisición se vio fuertemente incentivada -y apoyada económicamente- por la autoridad gubernamental suiza, quien encontró en la fusión una solución a la inminente caída de Credit Suisse, entidad que se consideraba de tal importancia sistémica que no era posible observar su quiebra sin que se afectase significativamente al mercado bancario suizo e internacional.

Tan relevante fue el acuerdo antes mencionado, que en la semana pasada dio origen a un quiebre político entre el gobierno y el parlamento suizo: y es que, tras una consulta en el parlamento, la cámara baja acordó la negativa a aprobar el financiamiento de la fusión con fondos públicos. Un resultado sobre el cual aún no se sabe con certeza sus consecuencias, toda vez que, según algunos, “tras la votación, el Gobierno ya no está legalmente autorizado a firmar un contrato [de garantía] de 9.000 millones de francos suizos con UBS”. Se deberá observar con atención el desarrollo de los acontecimientos esta semana, pues sostener que el gobierno suizo no puede apoyar financieramente a la fusión tras la votación parlamentaria supondría la resolución del acuerdo, la quiebra de Credit Suisse, y en definitiva, el alza en la vulnerabilidad en el mercado bancario internacional.

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Justicia declara inicio de procedimiento de liquidación voluntaria de Microplay tras 2 intentos fallidos  

Por resolución de fecha 14 de abril del presente año, el 11° juzgado civil de Santiago declaró cumplidos los requisitos que la Ley 20.720 exige a la empresa deudora para iniciar el procedimiento de liquidación voluntaria. La mentada resolución menciona que «los antecedentes acompañados por la empresa deudora, dan cuenta del cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos establecidos en el artículo 115 de la Ley N° 20.720 para que se proceda a dictar resolución de liquidación».

Dicho procedimiento fue intentado dos veces previamente por la Empresa, iniciando con las solicitudes de liquidación el pasado 6 de enero, argumentando que los saqueos experimentados durante el año 2019 en el denominado «Estallido Social» junto con el cierre experimentado durante la pandemia de Covid-19 y el alza del dólar habrían generado una crisis económica irremontable para la empresa de videojuegos. Sin embargo, en tal ocasión, el tribunal argumentó que no era posible acreditar su insolvencia con las antecedentes aportados en la inicial solicitud. Por lo anterior, el 24 de marzo pasado se intentó una segunda solicitud, la cual tuvo el mismo destino que la primera.

Finalmente, el 14 de abril pasado se admitió la solicitud de liquidación voluntaria de Microplay, designando como liquidador titular a Cristian Harrison, quien procederá a incautar todos los bienes, documentos y libros de la empresa deudora.

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Impuesto y Objeto Ilícito

Por René Mansilla

El tema de si existe o no la posibilidad de gravar con impuestos las actividades que poseen un objeto ilícito no ha sido un tema pacífico en nuestro territorio nacional, pero en general la jurisprudencia y el SII estiman que es posible.

Un tema que se encuentra directamente relacionado con estas prácticas es la existencia de los sitios de apuestas online, y el inminente auge en el que se encuentran. Por otra parte, resulta posible sostener que estas prácticas no son ajenas al conocimiento del mismo órgano, esto, producto del registro que deben hacer las empresas que paguen IVA y de la información que le entregan al SII los bancos.

No obstante, lo anterior se ha suscitado controversia en esta materia y hasta un giro en la interpretación de la misma tras la dictación de la Resolución Exenta por el SII N° 26 del 14 de Marzo del 2023, la cual establece una exclusión de aquellos contribuyentes sin domicilio ni residencia en chile del régimen de tributación simplificada de la ley sobre impuesto a las ventas y servicios, por prestaciones de servicios con contenido ilícito.

Se han generado críticas importantes a partir de lo anterior, y sin afán de extenderme sobre ellas podemos encontrar:
Un evidente trato más favorable a aquellas actividades ilícitas dentro del ordenamiento jurídico, con cuestionables fundamentos, toda vez que se encontrarán exentas del correspondiente pago de impuestos.

En la misma línea y producto de lo anterior, se puede generar un aumento e incentivo de las mismas actividades, o más peligroso aún, la preferencia de un régimen de objeto ilícito por las mismas opciones y comodidades que establece el ordenamiento jurídico vigente. Esto teniendo siempre en consideración la falta de mecanismos represores efectivos y aplicables de estas actividades.

Concluido lo anterior, todavía queda esperar para conocer cuales serán las medidas sancionadoras o de otra índole que se tomarán contra estas actividades con objeto ilícito, y si estas tendrán su seno en el mismo SII o provendrán directamente del órgano legislador, lo que sin duda alguna dará lugar a interesantes cuestionamientos en uno u otro sentido.