Boletín de Noticias N°3

Cervercería Chile acusa a CCU por prácticas de abuso de posición dominante

Cervecería Chile, filial del gigante AB InBev demandó a CCU, la empresa controlada por el grupo Luksic y Heineken que en 2008 había llegado a un avenimiento con la Fiscalía Nacional Económica que, según su principal competidor local, ha sido incumplido.

Cervecería Chile acusa que CCU ha incurrido en las conductas reprochadas “a través de la suscripción o la imposición de acuerdos verticales con distintos puntos de venta, principal pero no únicamente del canal on trade, también llamado on premise o de consumo inmediato, como es el caso de hoteles, restaurantes, fuente de soda, pubs, bares y discotecas, que han tenido como efecto el que dichos locales no puedan comercializar cervezas de marcas competidoras de CCU a sus clientes o que no puedan publicitarlas, en términos contrarios a lo dispuesto en el avenimiento”.

La demanda dice que CCU ha aplicado, principalmente, acuerdos de exclusividad de comercialización, aunque también “se ha constatado la entrega de incentivos monetarios u otro tipo de beneficios con efectos exclusorios, acuerdos sobre publicidad y/o acuerdos de exhibición exclusiva que impedirían a los consumidores ser informados de que el punto de venta en cuestión ofrece cervezas diferentes de las de CCU de forma tal que, en los hechos, terminan teniendo los mismos efectos que la exclusividad de comercialización”. Las conductas que Cervecería Chile acusa se han producido, dice la demanda, al menos desde 2018.

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Ganancias por delitos virtuales estarían alcanzando a las provenientes del narcotráfico

Para la Jefatura Nacional de Cibercrimen de la Policía de Investigaciones, es un hecho que el alza en los delitos cibernéticos registrada durante la pandemia está más que consolidada y que el fenómeno sigue en aumento. Si bien estos ilícitos solían estar vinculados a un grupo reducido de delincuentes, actualmente serían diversas las bandas relacionadas al crimen organizado las que se utilizan la tecnología para ampliar sus redes y ganancias.

Según Maximiliano Mac-Namara, jefe nacional de Cibercrimen de la PDI, se ha registrado un aumento tanto en los ciberdelitos que para ejecución necesariamente se quiere el uso de la tecnología, por ejemplo, “infecciones por ransomware”, como también en los hechos delictuales “tradicionales” que se ven potenciados por los medios digitales, como la usurpación de nombre, amenazas, estafas, entre otros. Menciona que “Sólo entre 2021 y 2022 se produjo un aumento de 61% en los casos investigados por la PDI específicamente relacionados con delitos informáticos. En particular, las amenazas en sus diferentes formas mostraron un aumento de un 20% en el mismo periodo. Y además, algo especialmente preocupante es el alza en torno al almacenamiento de material de abuso sexual infantil, donde los causas indagadas aumentaron un 81%”.

La PDI enfatiza en que “Debemos mantener un continuo en la capacitación profesional especializada en esta área, así como en el uso y actualización de las herramientas tecnológicas necesarias para enfrentar el ciberdelito. De la misma forma, por la naturaleza virtual y transnacional de este fenómeno, mantenemos una cooperación internacional permanente con otras agencias de la ley, ya sea a través de los canales de Interpol u otros convenios de colaboración”.

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Bancos tendrán que constituir más capital tras decisión del Banco Central de activar requerimiento por US $1.500.000.

Frente a una mayor incertidumbre externa, el instituto emisor decidió que los bancos deberán constituir un mayor capital por el 0,5% de los activos ponderados por riesgo, exigible en el plazo de un año, lo que implicará mayores recursos por alrededor de US$1.548 millones, según señalan fuentes del sector. Por institución, de acuerdo a estimaciones al interior de la industria, lidera Bci con una cifra del orden de US$302 millones, y le siguen Santander con unos US$240 millones y Banco de Chile con alrededor de US$228 millones.

Los bancos se vieron sorprendidos por la decisión que informó este martes el Banco Central de activar, por primera vez, el requerimiento de capital contra cíclico (RCC), que obligaría a los bancos del país a constituir unos US$1.500 millones en capital adicional. Según comunicó el instituto emisor, “el Consejo ha activado el RCC como una medida precautoria ante la mayor incertidumbre externa”, esto pues, si bien “el escenario macroeconómico ha evolucionado en línea con lo previsto, ha aumentado el riesgo de ocurrencia de un shock externo severo. Aunque su probabilidad es baja, su efecto negativo en la economía sería significativo. En dicha circunstancia, la liberación del RCC previamente constituido ayudará a mitigar los impactos respecto de la evolución del crédito a hogares y empresas”.

Ahora, ¿cómo debiera constituirse ese monto por cada entidad del sistema y cuáles serían las que tendrían que acumular más capital adicional? De acuerdo a las estimaciones al interior de la industria -pero esto sin considerar las holguras con las que cuentan algunos bancos y que podrían ser traspasadas a este requerimiento de 0,5%-, lidera Bci con una cifra del orden de US$302 millones. Le siguen Santander con unos US$240 millones y Banco de Chile con alrededor de US$228 millones. Luego se ubican BancoEstado con US$200 millones, Scotiabank con US$193 millones, e Itaú con US$167 millones. Esas son la seis principales.

En su comunicado, el BC sostuvo que para tomar la decisión se consideró el actual nivel de capitalización de la industria, y “las holguras disponibles de la banca, el nivel de cargo de RCC y el plazo definido para enterarlo, su activación tendrá efectos acotados y transitorios en la evolución del crédito”. Al cargo de capital del Banco Central deben sumarse los requerimientos establecidos por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) a los bancos de importancia sistémica en enero de este año. En la ocasión el regulador mantuvo los cargos adicionales de 1% a Itaú Corpbanca; de 1,25% a Banco de Chile, Banco del Estado y Scotiabank Chile, respectivamente; y de 1,5% a Banco Santander Chile, mientras que a BCI se le incrementó desde 1,5% a 1,75%.

De esta forma, tales entidades están en pleno proceso de constituir dicho capital adicional. Según dijo la CMF en enero, “este es el segundo año que se definen estos requisitos adicionales de capital básico derivados de la identificación de bancos de importancia sistémica. Estos mayores requisitos se aplican gradualmente, por lo que los cargos de capital básico adicionales exigibles en diciembre de 2023 serán equivalentes al 50% de dicho porcentaje”.

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FNE archiva investigación en contra de Tetra Pak

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) archivó una investigación en contra de la compañía Tetra Pak de Chile Comercial Limitada (Tetra Pak) por un presunto abuso de posición dominante, consistente en dificultar la entrada de competidores al mercado de envases asépticos de cartón compatibles con las máquinas de llenado Tetra Pak. Esta investigación se inició por la denuncia de un particular, que acusaba que algunas prácticas y políticas desplegadas por Tetra Pak eran el principal motivo por el cual los clientes de esta empresa se encontraban poco dispuestos a negociar con proveedores alternativos de material de envasado aséptico.

Tras su análisis, la Fiscalía concluyó que ciertas cláusulas de los contratos de arrendamiento y de servicios técnicos relativos a las máquinas de llenado Tetra Pak tenían la aptitud de producir efectos contrarios a la libre competencia, toda vez que su ambigüedad podía desincentivar el uso del material de envasado de proveedores alternativos. Lo anterior provocaba un riesgo anticompetitivo, ya que algunos clientes de la compañía entendían que tenían limitada su capacidad de elegir libremente entre diferentes proveedores de material de envasado.

Esto contrastaba con lo que Tetra Pak afirmó en reiteradas ocasiones ante la FNE: que la correcta interpretación de sus contratos no impide el uso de material de envasado de proveedores alternativos en las máquinas de llenado Tetra Pak y que los clientes son libres de adquirir a cualquier otro proveedor los insumos que usarán con sus equipos.

Por ello, tras concluir que no se materializaron los riesgos a la libre competencia identificados, la FNE puso término a la investigación y, con el objetivo de promover la libre competencia, ofició a los actores del mercado para dar a conocer el contenido del Informe elaborado por la División Antimonopolios.

En su informe, la División Antimonopolios de la FNE estableció que Tetra Pak tiene una posición dominante en tres mercados relevantes: el de máquinas de llenado aséptico, el de envases asépticos compatibles con sus máquinas de llenado aséptico y el de servicios técnicos para sus máquinas de llenado aséptico. Debido a ello, se decidió evaluar el potencial anticompetitivo de ciertos aspectos de la política comercial y contractual que la compañía ha implementado en Chile, así como de ciertas modificaciones técnicas efectuadas en las máquinas de llenado Tetra Pak para la incorporación de nuevos modelos de envases y tecnologías para la formación de éstos.

En cuanto al primer punto, la Fiscalía concluyó que el esquema de descuentos e incentivos que la empresa pone a disposición de sus clientes podría ser replicado por otros competidores actuales o potenciales, sin que se haya acreditado un potencial exclusorio. En el mismo sentido, la FNE corroboró que tanto la incorporación de un nuevo modelo de envase, así como de una nueva tecnología para su formación, si bien podían hacer que las máquinas de llenado Tetra Pak fueran incompatibles con el material de envasado suministrado por terceros, eran reversibles y replicables a futuro, por lo que tampoco se verificó que dichas modificaciones técnicas pudieran producir efectos contrarios a la libre competencia.

El archivo de esta investigación no inhibe a la FNE para abrir nuevas investigaciones y ejercer futuras acciones de competencia en caso de contar con nuevos antecedentes que así lo ameriten. En especial, si se detecta que Tetra Pak ha aplicado o interpretado dichas disposiciones contractuales en el sentido restrictivo identificado en el transcurso de la investigación.

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SII, Influencers y Educación Tributaria

Por René Mansilla Gallardo

El paso e inclusión de la nueva tecnología no es ajena al Derecho y su regulación, y mucho menos al cobro de los correspondientes tributos. Mismo punto de vista sostiene el SII al iniciar un plan de fiscalización especialmente enfocado en “influencers”, los que según el mismo órgano corren un fuerte riesgo de incumplimiento tributario.

El organismo señala que el punto de mira se enfoca en ellos toda vez que, si bien no constituyen un importante segmento de la recaudación tributaria, el plan de fiscalización crea conciencia en la población de las obligaciones tributarias y que nadie está libre de ellas. Específicamente el servicio estableció que, su tratamiento servirá para asegurar que exista cumplimiento tributario o tomar las acciones para efecto de corregir situaciones anómalas y también poner en conocimiento general la forma correcta de actuar, al realizar este tipo de trabajo, a través de redes sociales.

Es por lo menos curiosa la innovación que realiza el SII en esta materia al ofrecer una definición de lo que debe entenderse por “influencer”, al señalar que es una persona que tiene un alto número de seguidores en diversas plataformas digitales, que cuenta con credibilidad e imagen reconocida, y que podría generar importantes ingresos asociados a la publicidad, al convertirse en difusor de una marca o de si mismo, ante una audiencia o público objetivo, a través de redes sociales.

El órgano fiscalizador se enfoco específicamente en ciertas plataformas que poseen mayor repercusión y cantidad de espectadores, como lo son Instagram, YouTube, Twitch, Only Fans, Tik Tok, entre otros.

Resulta por lo menos cuestionable el actuar del servicio en este sentido, toda vez que según lo que el mismo establece, esta medida se toma para generar conciencia en la población respecto a la existencia de las obligaciones tributarias y que nadie se encuentra exento de ellas. Tal criterio puede resultar antojadizo, y si bien tiene un fin noble, parece ser en la práctica una fiscalización más intensa en desmedro de unos pocos para poner el tema en boca de todos.

Sin duda esta situación ha puesto de relieve el reflejo de nuestra realidad país, entorno a la poca educación tributaria y la existencia de obligaciones tributarias de cada contribuyente, lo que permite cuestionarnos: ¿Errores en el sistema educativo al no instruirnos sobre su existencia o simple negligencia de un sector de la población?